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actualidad tecnológica noticias E l pasado octubre , el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) invalidó mediante una sentencia la Decisión de la Comisión 2000/520/ CE, según la cual Estados Unidos garantiza un nivel de protección adecuado de los datos personales transferidos. De este modo, la sen- tencia anula el acuerdo conocido como “Puerto Seguro” propuesto por Estados Unidos a la UE, por el que se considera la “presunción de adecua- ción” de los operadores estadouni- denses al nivel de protección de datos exigido por Europa. La resolución proclama que la decisión de la Comisión es inválida por dos motivos. El primero, porque entiende que prevalece incondicio- nalmente, y sin ninguna limitación, “la seguridad nacional, el interés público o el cumplimiento de la ley” sobre los derechos fundamentales a la intimi- dad y protección de datos, sin otorgar a los ciudadanos europeos ningún medio para obtener la tutela efectiva de dichos derechos. En cuanto al segundo, considera que el acuerdo de “Puerto Seguro” no otorga a los estados miembros un margen sufi- ciente para suspender las transfe- rencias en caso de que los mismos apreciaran una vulneración de los derechos de quienes residen en la UE. Asimismo, la sentencia considera que las autoridades independientes de protección de datos son esencia- les para proteger los derechos de los ciudadanos, tanto en el tratamien- to que se realiza de su información dentro de la propia UE como en los movimientos internacionales. Por lo tanto, la Comisión no puede limitar la potestad de las agencias nacionales para examinar, ante la reclamación de un individuo, el nivel adecuado de protección en el país de destino de una transferencia. Sin duda, la resolución marca un punto de inflexión sobre la forma en la que se realizan las transmisiones de datos a EEUU. Dicha sentencia ha venido motivada por la denuncia del ciudadano austriaco Maximillian Schrems. Como sucede con todos los usuarios de Facebook que residen en la UE, sus datos se transfieren desde la filial irlandesa de dicha red social a sus servidores estadouniden- ses. Tras denunciarlo, la autoridad de Irlanda desestimó la reclamación de Schrems basándose en la Decisión de la Comisión 2000/520/CE, pero una consulta del Tribunal Supremo irlan- dés al TJUE, sobre si una autoridad nacional tiene potestad para llegar a investigar y suspender una transferen- cia de datos, propició la sentencia del segundo. El TJUE pone en entredicho la protección de los datos personales transferidos a EEUU

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