La Directiva NIS2 debe transponerse antes del 17 de octubre de 2024

El CCN habilita un servicio de consultas para resolver dudas en la implementación de la NIS2

Normativa ciberseguridad europea
Redacción

El Centro Criptológico Nacional (CCN) del Centro Nacional de Inteligencia (CNI) tiene habilitado desde agosto un nuevo servicio para atender las dudas relacionadas con la trasposición de la Directiva NIS2 al ordenamiento jurídico español. La norma, que entró en vigor en enero de 2023, debe transponerse antes del próximo 17 de octubre. En concreto, el objetivo de este nuevo servicio es la colaboración y ayuda a las entidades implicadas en el cumplimiento de las medidas técnicas, operativas y de organización de la directiva para una adecuada gestión de riesgos de ciberseguridad.

Para ofrecer este servicio, el CCN ha abierto un buzón de consultas de correo electrónico al que podrán dirigirse las entidades que se encuentran dentro del alcance de la Directiva 2022/2555 del Parlamento Europeo y del Consejo. Las respuestas se remitirán a través de la dirección [email protected].

Asimismo, el CCN también ha publicado una nueva sección en su web desde la que ya se puede descargar material didáctico sobre la NIS2 y consultar el conjunto de preguntas frecuentes recopiladas para facilitar la comprensión de esta normativa europea.

Recordemos que la Directiva NIS2 es la legislación en materia de ciberseguridad adoptada para toda la Unión Europea, que proporciona medidas legales para impulsar el nivel general de ciberseguridad en la Unión Europea y la resiliencia de las infraestructuras críticas y de los servicios digitales en Europa. De este modo, la norma establece obligaciones de ciberseguridad, de supervisión y ejecución para los Estados miembros, medidas para la gestión de riesgos de ciberseguridad, y obligaciones de notificación para las entidades en su ámbito de aplicación y relativas al intercambio de información sobre ciberseguridad.